Multas por llevar el carnet de conducir caducado: guía

Pueden darse distintas circunstancias por las cuales acabemos conduciendo sin tener el carnet en regla. Una de ellas sería la de que, simplemente, se nos ha pasado renovarlo. Otra sería que, a pesar de ello, una urgencia nos obliga a conducir.

En cualquier caso, debemos saber que estamos cometiendo una peligrosa infracción. Y que, consecuentemente, nos exponemos a recibir la correspondiente multa por carnet de conducir caducado. A continuación, abordamos este supuesto.

Puedo circular con el carnet de conducir caducado

La Ley española es tajante a este respecto y la respuesta es no.

Todo conductor tiene que saber que el permiso dispone, por lo normal, de una vigencia de 10 años de uso. Una vez pasado ese tiempo, es requisito indispensable renovar el carnet de conducir. Con tal de coger el coche un día después de la fecha de caducidad estipulada, ya se estaría infringiendo la Ley de Tráfico.

Asimismo, en caso de que el conductor sobrepase los 65 años de edad, la renovación deberá tener lugar cada 5 años.

Para ello, es necesario acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico o a un centro médico autorizado. Allí se tramitará la solicitud de renovación. El conductor deberá cumplir necesariamente con los siguientes requisitos: 1) probar su identidad, 2) demostrar que reside en territorio español, 3) abonar una serie de tasas y, sobre todo, 4) pasar una prueba o test de carácter psicofísico. No importa si se renueva el carnet de conducir en Bilbao o en cualquier otro lugar del estado; las medidas no varían.

¿Qué multas puedo recibir en el caso de cometer una infracción?

Formalmente, solo se puede recibir una. Si el carnet simplemente está caducado, la sanción será de 200 euros y no conllevará, en principio, la pérdida de los puntos hábiles. Es decir, que tras renovar el carnet de conducir, los puntos se mantendrán intactos.

Sin embargo, hay distintas sanciones que, siendo similares, pueden generar confusión. También es posible cometer una infracción en caso de haberse olvidado el carnet, de no llevar el permiso de circulación, de no haber pasado la ITV, de conducir sin seguro, etcétera. En este último caso, el coste de la multa oscilaría entre los 600 y los 3000 euros.

Por último, recordar que, si el conductor quiere evitar la multa por carnet de conducir caducado, siempre puede obtener un nuevo carnet de conducir en PsicomEuskadi Bilbao.

Renovación del carnet de conducir para mayores de 70 años y jubilados: guía

Como se sabe, para no infringir la Ley de Tráfico, es necesario que los conductores renueven cada cierto tiempo el carnet de conducir. No obstante, los requisitos que la administración pide al respecto varían conforme la edad que tenga el conductor.

En el presente artículo, detallamos qué elementos se deben tener en cuenta a la hora de renovar el carnet de conducir para jubilados.

Por lo demás, también cabe recordar ciertos datos de importancia general. En primer lugar que, para cometer una infracción, basta con que se coja el coche un día después de que el carnet haya caducado. En segundo lugar, que la sanción de la multa correspondiente ascendería a 200 euros.

Renovación de carnet a edad avanzada: Qué cambia

La primera variante a tener en cuenta es la periodicidad. Un conductor, hasta los 65 años inclusive, debe realizar la renovación cada 10, mientras que uno que exceda dicha edad, deberá hacerlo cada 5 años. Para renovar el carnet de conducir en Bilbao basta con acudir a los centros especializados habituales, como PsicomEuskadi Bilbao, donde el conductor realizará los trámites correspondientes así como el reconocimiento médico de rigor.

La segunda variante, de algún modo, se contrapesa con la primera. Y es que no será necesario que el conductor abone las tasas pertinentes para llevar a cabo el proceso de renovación. Con lo cual, para renovar el carnet de conducir para jubilados, lo único de lo que uno debe preocuparse es de tener las correspondientes acreditaciones de residencia y de identidad, y de pasar el reconocimiento.

Con respecto a este último punto, también hay una tercera variante. El conductor, en caso de padecer ciertas enfermedades, quizá necesite reportar algún tipo de informe médico conforme el paciente está en condiciones de llevar un automóvil sin correr riesgos.

¿Cambia el reconocimiento médico?

En principio, no. Para tramitar la renovación del carnet de conducir para jubilados, se tendrán en cuenta los mismos parámetros que de costumbre: coordinación visomotora, anamnesis, tensión arterial, estudio de audición, pulso, auscultación cardíaca y pulmonar, capacidad visual, anticipación de la velocidad, etcétera.

Por otro lado, hay que recordar que, si bien los mayores de 65 años están exentos de las tasas de tráfico, se les pedirá que abonen el coste del reconocimiento médico. Para renovar el carnet en Bilbao, en principio, este será el único gasto que deban asumir.